La Comisión de Desarrollo Social, Población y Vivienda de la Cámara de Diputados, presidida por la diputada María Ida Cattebeke (ANR), emitió dictamen favorable al proyecto de ley que modifica la Ley N.º 6780/2021, referente a la transferencia de un inmueble ubicado en el barrio Tres Bocas, zona sur de Fernando de la Mora.
La propuesta plantea dividir el predio en dos fracciones. Una será transferida gratuitamente al Estado paraguayo, a través del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), para el funcionamiento del Colegio Nacional Sagrado Corazón de Jesús. La segunda fracción será destinada, mediante transferencia onerosa, a la familia Alonso, cuyos integrantes ocupan desde hace años parte del terreno.
Según la comisión, la modificación busca adecuar la situación jurídica del inmueble, contemplando tanto la permanencia de la institución educativa como los derechos de los antiguos ocupantes.
En la misma reunión, la comisión resolvió rechazar el proyecto de ley que pretendía desafectar un inmueble municipal de Ypané para transferirlo gratuitamente a la Diócesis de San Lorenzo, donde funciona la Capilla Virgen de Fátima.
El rechazo se fundamentó en que la iniciativa no fue acompañada de una exposición de motivos ni del informe de los Registros Públicos, documentos considerados obligatorios por el artículo 203 de la Constitución Nacional y por la Ley N.º 3528/2008.
El bloque asesor recordó que la exposición de motivos es un requisito indispensable para la tramitación de cualquier proyecto de ley. Advirtió además que la aprobación de una norma sin cumplir este requisito podría dar lugar a impugnaciones judiciales e incluso a la declaración de nulidad o inconstitucionalidad por vicios en el procedimiento legislativo.
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En la misma reunión, la comisión resolvió rechazar el proyecto de ley que pretendía desafectar un inmueble municipal de Ypané para transferirlo gratuitamente a la Diócesis de San Lorenzo, donde funciona la Capilla Virgen de Fátima.
El rechazo se fundamentó en que la iniciativa no fue acompañada de una exposición de motivos ni del informe de los Registros Públicos, documentos considerados obligatorios por el artículo 203 de la Constitución Nacional y por la Ley N.º 3528/2008.
El bloque asesor recordó que la exposición de motivos es un requisito indispensable para la tramitación de cualquier proyecto de ley. Advirtió además que la aprobación de una norma sin cumplir este requisito podría dar lugar a impugnaciones judiciales e incluso a la declaración de nulidad o inconstitucionalidad por vicios en el procedimiento legislativo.







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